El ayuntamiento libera a las entidades urbanísticas del mantenimiento del alumbrado público
Si en noviembre conocíamos la postura que adoptaba el ayuntamiento de Valdemorillo en contra de los ‘gastos impropios’ de sus entidades urbanísticas —los desembolsos destinados a partidas de naturaleza no urbanística—, arrancamos diciembre con el anuncio de que el consistorio asume un ‘gasto propio’ de EUCC: el mantenimiento del alumbrado público de todas las urbanizaciones del municipio.
¿Acaso nos están invitando a pensar que el ayuntamiento se propone atajar los ‘gastos impropios’ y asumir los ‘gastos propios’ de sus entidades urbanísticas? ¡Ojalá!
El concejal del ramo, de momento, ha trasladado la decisión sobre el mantenimiento del alumbrado público a los presidentes de las juntas rectoras, informándoles de que deben dejar de realizar esa función y que han de rescindir los contratos de mantenimiento que tuvieran suscritos para ese fin, si fuera el caso. Con el consiguiente ahorro en sus presupuestos.
Esta decisión libera a las entidades urbanísticas del coste y la responsabilidad de una de sus ‘servidumbres’ más importantes y gravosas, elimina uno de los fines para los que han sido creadas — y no menor, precisamente — y las acerca un paso más hacia su inevitable disolución.
Porque es lógico que nos preguntemos si con esta decisión acaba de empezar la disolución de ‘a poquitos’ de nuestras ancianas EUCCs, en un proceso por el que el ayuntamiento va a ir asumiendo uno a uno todos sus servicios y gastos. Nos referimos a los propios, por supuesto. En nuestra opinión, tendría más efecto hacer la disolución de una tacada, pero si lo que se propone el consistorio es que un buen día las entidades se despierten, no tengan nada que hacer de lo suyo y se vean obligadas a dejar de existir, vaya por delante que a nosotros también nos vale.
Volvemos al tema inicial. El mantenimiento del alumbrado público sí es un servicio de naturaleza urbanística, es decir, un ‘gasto propio’ de las EUCCs. Pero se entiende mejor, mucho mejor, si se encuentra bajo el paraguas del ayuntamiento, la administración a la que corresponde esa competencia, y con carácter OBLIGATORIO.
Nos explicamos. La ley Reguladora de las Bases de Régimen Local atribuye a los municipios un amplio abanico de competencias (art. 25), y pone énfasis en los servicios que, por su naturaleza básica y elemental, deben ser atendidos con carácter obligatorio, entre los que se encuentra, como no podía ser de otra manera, el alumbrado público (art. 26).
Sin embargo, y como posiblemente sabes, otro par de leyes —el Reglamento General Urbanístico y la ley del Suelo de la Comunidad de Madrid—, permite a los ayuntamientos derivar ésta y otras responsabilidades de naturaleza urbanística en un conjunto de particulares agrupados bajo la fórmula de entidad urbanística colaboradora de conservación. Agrupados de forma obligada, conste, que aquí nadie está por gusto.
La derivación de estas competencias municipales en ciudadanos de a pie se puede hacer aquí, en la Comunidad de Madrid, de manera indefinida —ojo, que no infinita—, hasta que se cumplan los fines para los que la entidad urbanística fue creada, que no son otros que la conservación de las infraestructuras INICIALES de la urbanización.
Estoy de acuerdo contigo, resulta incomprensible que se permita cargar responsabilidades de este calibre sobre particulares ¡y durante décadas!, pero es lo que hay por estos lares. Que sepas que no se permite en otros países europeos ni en la mayoría de las comunidades autónomas, que están legislando para erradicar esta figura tan lesiva o para limitar su tiempo de vigencia a un periodo mucho más racional, de entre cinco o diez años como máximo.
Pero no es aún nuestro caso, y por aquí seguimos padeciendo esta forma de agravio fiscal llamada entidad urbanística de conservación, responsable de que más de la mitad de los habitantes de Valdemorillo, los que vivimos en urbanizaciones, paguemos por partida doble —vía impuestos municipales y cuota a la entidad urbanística— servicios municipales básicos que el resto de los vecinos del pueblo recibe solo con el pago de sus impuestos.
Si se empieza a evitar este agravio fiscal, bienvenido sea, aunque elevamos un ruego al ayuntamiento: que se mantenga vigilante, como órgano tutor de las EUCCs que es, para que ese ahorro en el mantenimiento del alumbrado público no se desvíe hacia partidas no debidas. Que ya sabemos cómo se las gastan algunas juntas rectoras de por aquí.
Puedes leer la noticia que ha publicado el ayuntamiento en el siguiente ENLACE


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