El Defensor del Pueblo se acaba de pronunciar sobre las “numerosas quejas recibidas de ciudadanos de Valdemorillo” —textual—, recomendando al Ayuntamiento que recule y que haga lo que sea preciso para anular la liquidación correspondiente al ejercicio 2024 de la conocida como ‘tasa de podas’, tasa por la actividad de recogida domiciliaria de residuos vegetales.
Argumenta el Defensor del Pueblo que la tasa se configuró para sufragar la prestación de un servicio de recogida ‘puerta a puerta’ — su propio nombre lo indica —, pero que, sin embargo, no se empezó a prestar a domicilio hasta marzo de 2025, como el consistorio confirmó a la institución.
Es decir, que nuestro Ayuntamiento puso el carro por delante de los bueyes e, invirtiendo el orden lógico, se garantizó la entrada del dinero antes de organizar el servicio al que iba destinado. Y por el camino —o, mejor dicho, por el atajo— olvidó que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales exige que el sujeto pasivo de una tasa resulte beneficiado o afectado por los servicios a los que va asociada. De primero de sentido común.
Para los que tiene poca fe en la eficacia de la figura del Defensor del Pueblo y se sienten tentados de descafeinar esta resolución, te contaremos que la ‘tasa de éxito’ de esta institución es muy elevada: más del 80% de sus recomendaciones son aceptadas y cumplidas por las administraciones a las que se dirigen. [Es un misterio, no obstante, lo que en este caso vaya a hacer el Ayuntamiento de Valdemorillo, señalado repetidamente por el Defensor debido a su falta de respuesta].
Es decir, el hecho de que las resoluciones del Defensor del Pueblo no sean vinculantes, no significa que carezcan de peso. Todo lo contrario. Su fuerza reside en una combinación de autoridad moral, presión pública y respaldo parlamentario.
De hecho, su trabajo es supervisar a la administración en nombre del Parlamento —que elige al Defensor y sus Adjuntos por periodos de cinco años— y si una administración se muestra especialmente reticente, el Defensor puede informar a las comisiones parlamentarias correspondientes para que exijan explicaciones a los responsables políticos. ¡Voilà!
Las administraciones saben que ir en contra de sus recomendaciones sin una razón poderosa las deja en una posición muy incómoda. A lo que se suma que, si el Defensor detecta una ilegalidad manifiesta y la administración no la corrige, puede instar a los ciudadanos a que interpongan los recursos judiciales pertinentes.
En resumen, el Defensor del Pueblo es una institución clave del Estado de Derecho que funciona como un verdadero termómetro de la salud administrativa. Y, lo que es más importante: poca broma con hacer oídos sordos a sus recomendaciones.
¡Hagan sus apuestas: ¿corregirá el Ayuntamiento el despropósito de cobrar antes de prestar el servicio o persistirá en este error manifiesto?! [Ojo, la recomendación del Defensor del Pueblo se refiere solo al ejercicio 2024, cuando el servicio no estaba operativo en su formato ‘puerta a puerta’, no a la ‘tasa de podas’ en su conjunto]
Parece que se avecina una temporada otoño/invierno caliente para el Ayuntamiento de Valdemorillo si sumamos las actuaciones de Fiscalía y Defensor del Pueblo, y recordamos que algunas sentencias por las demandas interpuestas por vecinos de distintas urbanizaciones están a punto de publicarse. Tic, tac, tic, tac.
¡Gracias por leernos!
#ElTurnoDeLosVecinos


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