Las entidades tienen derecho a disolverse si desaparecen las causas por las que se crearon, aprecia el fallo
Te puedes frotar los ojos, pero la cosa es como lees. La Entidad Urbanística Residencial Norte —creada en 2012— devolverá las competencias de conservación al ayuntamiento de Móstoles (Madrid) por mandato judicial. Porque el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Madrid estima que las circunstancias iniciales que justificaron su creación —básicamente, que el ayuntamiento no tenía entonces recursos para asumir la conservación de ámbito— ya no existen, como muestra que el consistorio se haya responsabilizado de parte de las competencias, entre otras, la limpieza viaria o la recogida de basuras. ¿Aprecias las similitudes?
La sentencia, que ya es firme, entiende que, si una urbanización está consolidada, el ayuntamiento debe asumir todas sus competencias. Todas, sin excepción. Y resalta que la disolución de las entidades urbanísticas no solo es legal, sino también necesaria, y califica la disolución como un derecho cuando los motivos legales o económicos por los que se crea la entidad dejan de ser aplicables.
Por si te lo preguntas, los estatutos de la EUCC Residencial Norte, como tantos de los nuestros, establecían que su duración era indefinida. No ha sido obstáculo —nunca es obstáculo— porque el Tribunal Supremo ha declarado que las entidades urbanísticas no deben ser perpetuas ni se pueden transferir las competencias municipales a los particulares de manera indefinida.
La sentencia sienta un precedente judicial de lo más relevante para los vecinos de otras entidades urbanísticas de la Comunidad de Madrid, sujetas a idéntico paraguas legal que la EUCC Residencial Norte.
Móstoles, el ayuntamiento que, aunque de primeras se resistía, ahora va a disolver sin recurrir ni rechistar una EUCC de solo 12 años, está a menos de 40 minutos de Valdemorillo. Ojalá que la proximidad sirva para que tomen nota los políticos de nuestro municipio, un auténtico parque jurásico de entidades urbanísticas, y no nos obliguen a desfilar hasta los tribunales para conseguir que también disuelvan las nuestras. Y, por favor, dejen de llamarlas urbanizaciones históricas. Abandonen los eufemismos y denomínenlas, por ejemplo, entidades pleistocénicas. Resulta más apropiado cuando ninguna baja de los 40 años.
Es un buen momento, a nosotros nos lo parece, para recordar lo que hizo el ayuntamiento de Robledo de Chavela, aún más cerca de Valdemorillo que Móstoles, a solo 30 minutos. En una legislatura disolvió todas las entidades urbanísticas de su municipio, demostrando que una verdadera voluntad política no encuentra escollos técnicos ni económicos.
El asesoramiento a la EUCC Residencial Norte y la demanda de la que te hablamos hoy llevan la firma de un despacho de abogados especializado en entidades urbanísticas: MANGA ABOGADOS. De su saber hacer ya sabemos por aquí, pues fueron quienes redactaron el primer recurso sobre gastos impropios que estimó el ayuntamiento de Valdemorillo, ¿recuerdas?
Te invitamos a profundizar en este caso de éxito en su blog. Aquí tienes el ENLACE
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Valencia, en el corazón
Imagen de bankrx en Freepik


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