barrio cerro alarcón

Experiencias y reflexiones sobre vivir en una entidad urbanística que no debería serlo


Una sentencia obliga a disolver una EUCC de ¡solo 12 años! en Móstoles 

Las entidades tienen derecho a disolverse si desaparecen las causas por las que se crearon, aprecia el fallo

Te puedes frotar los ojos, pero la cosa es como lees. La Entidad Urbanística Residencial Norte —creada en 2012— devolverá las competencias de conservación al ayuntamiento de Móstoles (Madrid) por mandato judicial. Porque el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Madrid estima que las circunstancias iniciales que justificaron su creación —básicamente, que el ayuntamiento no tenía entonces recursos para asumir la conservación de ámbito— ya no existen, como muestra que el consistorio se haya responsabilizado de parte de las competencias, entre otras, la limpieza viaria o la recogida de basuras. ¿Aprecias las similitudes?

La sentencia, que ya es firme, entiende que, si una urbanización está consolidada, el ayuntamiento debe asumir todas sus competencias. Todas, sin excepción. Y resalta que la disolución de las entidades urbanísticas no solo es legal, sino también necesaria, y califica la disolución como un derecho cuando los motivos legales o económicos por los que se crea la entidad dejan de ser aplicables

Por si te lo preguntas, los estatutos de la EUCC Residencial Norte, como tantos de los nuestros, establecían que su duración era indefinida. No ha sido obstáculo —nunca es obstáculo— porque el Tribunal Supremo ha declarado que las entidades urbanísticas no deben ser perpetuas ni se pueden transferir las competencias municipales a los particulares de manera indefinida.  

La sentencia sienta un precedente judicial de lo más relevante para los vecinos de otras entidades urbanísticas de la Comunidad de Madrid, sujetas a idéntico paraguas legal que la EUCC Residencial Norte. 

Móstoles, el ayuntamiento que, aunque de primeras se resistía, ahora va a disolver sin recurrir ni rechistar una EUCC de solo 12 años, está a menos de 40 minutos de Valdemorillo. Ojalá que la proximidad sirva para que tomen nota los políticos de nuestro municipio, un auténtico parque jurásico de entidades urbanísticas, y no nos obliguen a desfilar hasta los tribunales para conseguir que también disuelvan las nuestras. Y, por favor, dejen de llamarlas urbanizaciones históricas. Abandonen los eufemismos y denomínenlas, por ejemplo, entidades pleistocénicas. Resulta más apropiado cuando ninguna baja de los 40 años.  

Es un buen momento, a nosotros nos lo parece, para recordar lo que hizo el ayuntamiento de Robledo de Chavela, aún más cerca de Valdemorillo que Móstoles, a solo 30 minutos. En una legislatura disolvió todas las entidades urbanísticas de su municipio, demostrando que una verdadera voluntad política no encuentra escollos técnicos ni económicos.  

El asesoramiento a la EUCC Residencial Norte y la demanda de la que te hablamos hoy llevan la firma de un despacho de abogados especializado en entidades urbanísticas: MANGA ABOGADOS. De su saber hacer ya sabemos por aquí, pues fueron quienes redactaron el primer recurso sobre gastos impropios que estimó el ayuntamiento de Valdemorillo, ¿recuerdas? 

Te invitamos a profundizar en este caso de éxito en su blog. Aquí tienes el ENLACE  

¡Gracias por leernos! 

Valencia, en el corazón 

Imagen de bankrx en Freepik 



4 respuestas a “Una sentencia obliga a disolver una EUCC de ¡solo 12 años! en Móstoles ”

  1. La situación en Valdemorillo y sus urbanizaciones refleja problemas profundos y persistentes de gestión y transparencia. Al hablar de una «simbiosis de corrupción e intereses,» parece que la estructura misma de gobierno y administración local está condicionada por acuerdos informales y falta de transparencia, lo que afecta directamente a los ciudadanos. Esto se ve agravado, por una parte, de la población que ha optado por aceptar o normalizar esta situación, lo cual dificulta cualquier intento de cambio.

    El hecho de que la Universidad Complutense de Madrid (UCM) haya tomado esto como «elemento de referencia» implica que incluso en círculos académicos se observa la situación como un ejemplo ilustrativo de corrupción sistémica. El problema se complica porque, al no haber suficiente presión ciudadana para exigir transparencia y soluciones, el sistema se perpetua. Es una dinámica puede estar presente en otras áreas donde la gobernanza depende más de intereses particulares que del beneficio común.

    ¿Crees que los recientes precedentes legales, como el de la EUCC Residencial Norte, podrían ofrecer una vía de cambio para estas situaciones?

    Parece que esta sentencia favorable marca un precedente importante para otros vecinos en la Comunidad de Madrid que pertenecen a entidades urbanísticas de conservación similares a la EUCC Residencial Norte. Al sentar un precedente, esta decisión judicial podría permitir que otras bajo condiciones y normativas similares puedan beneficiarse del mismo fallo, lo que puede implicar cambios o limitaciones en las obligaciones de contribución y gestión que tradicionalmente recaen en estas entidades. Alicia, ¿pero tú crees, que, si la población de las urbanizaciones fuera consciente que esta circunstancia perjudica al costo de su chalet, esto continuaría?

    ¿Esta sentencia está relacionada con la posible revisión de cuotas de mantenimiento, derechos de gestión o con la autonomía de los residentes frente a la administración local?

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    1. En mi opinión, esta sentencia está relacionada con poner límite temporal a una situación (la de las entidades urbanísticas) que la legislación y la jurisprudencia se encargan de explicar que ha de ser excepcional y por el tiempo mínimo que necesite el ayuntamiento de turno para hacerse cargo del mantenimiento de una urbanización que ¡ojo! él mismo ha aprobado. ¿Tu piensas que un pueblo con fiestas y toros puede argumentar con ciertas dosis de coherencia que no puede hacerse cargo de sus urbanizaciones? ¡Hasta aquí la broma! Que en Valdemorillo ya dura demasiado tiempo

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  2. Siendo taurino y gustándome las fiestas que se organiza el Ayuntamiento, tengo que reconocer que es una inmoralidad que se dedique grandes recursos a estos festejos teniendo el 50% de tu municipio costeandose los servicios publicos.

    Limite temporal,…. , eso si es una broma, cuando llevan todas las urbanizaciones mas de 40 años ocupando la responsabilidad municipal.

    La realidad social cambio hace mucho tiempo, pasando los vecinos a formar parte del minicipio y no solo domingueros con casas de fines de semana.

    El Ayto tiene que hacer cuanto antes las disoluciones de la EUCC’s, sino de todas, de gran parte de ellas, que han cumplido sobradamente sus fines, que de solucion a esta corrupcion sistemica de la que forman parte las JG’s y el propio Ayto, pues de lo contrario, habra que pensar en hacer lo mismo que en Mostoles, amparados ya por mucha juridisprudencia.

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    1. Efectivamente. El ayuntamiento debería ser capaz de prestar los servicios que le son propios a TODOS sus vecinos. Sin excusas y sin mas demoras que las extrictamente necesarias. La sentencia de Móstoles se suma, como bien dices, a una nutrida jurisprudencia que no para de darnos la razón a los que abogamos por una disolución, como dice el fallo, legal y necesaria.

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