El ayuntamiento insta a sacar los gastos del club social y sus instalaciones fuera de la EUCC Parque de las Infantas
Si te producen urticaria las informaciones sobre gastos impropios, mejor que no sigas leyendo. Porque los dichosos gastos indebidos acaban de recuperar protagonismo en Valdemorillo, al pronunciarse el ayuntamiento sobre los de la EUCC Parque de las Infantas, a cuya junta rectora ha recordado que se tiene que dedicar a los asuntos propios de su negociado y olvidarse de otras zarandajas, como gestionar y sostener un club deportivo y una piscina colectiva.
Se lo ha dicho con otras palabras, en un correctísimo lenguaje administrativo, por supuesto, pero es lo que el ayuntamiento ha venido a comunicar a esa junta al informarle y explicarle por qué estima el recurso interpuesto por unos miembros de la entidad en junio de 2023. Sí, lees bien, ¡de 2023!
Los vecinos habían pedido al ayuntamiento que anulara los actos por los que se creó el Club Deportivo Elemental Parque de las Infantas y la EUCC se convirtió en su único socio, así como el presupuesto de gastos del pasado ejercicio, porque, en su opinión, excedían las competencias propias de una EUCC, especialmente los destinados al Club.
Y el ayuntamiento ha dado la razón a los vecinos —será porque la tienen—, aunque no ha querido entrar en el jardín de cómo se constituyó el club deportivo. Ojo, que le hubieran sobrado las razones para pisar ese charco, entre otras, la ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, que impide a las personas jurídicas —lo que viene a ser cualquier EUCC— formar parte de un club deportivo elemental (artículo 29). Quizás la resolución del magistrado al recurso contencioso que sigue su curso en el juzgado venga a resolver esta cuestión.
Sin entrar en ese aspecto concreto del asunto, el consistorio, no obstante, ha venido a abordar el tema del club de otra manera, aplicando su ‘doctrina sobre los gastos impropios’ e instando a la junta rectora a que “deje sin efecto los gastos aprobados o llevados a cabo que exceden los de conservación y mantenimiento de obras de urbanización propios de la naturaleza y competencia de una EUCC, particularmente los gastos asumidos sobre el terreno del Club Deportivo Elemental, tales como mejoras, servicios, funcionamiento y actividades”. Textual.
Pues estupendamente, sí. El ayuntamiento acaba de ratificar lo que muchos entendíamos que era de cajón de madera de pino: una EUCC no puede gestionar ni sostener un club deportivo. Pero ahora, ¿cómo se aplica esta resolución? Han pasado trece meses desde que se interpuso el recurso, hay un contencioso en marcha por el silencio administrativo del ayuntamiento y se ha aprobado y está en vigor un nuevo presupuesto de gastos igual de inflado, o más, que el declarado nulo. También impugnado, por supuesto. ¡Bonito follón!
Ante la junta rectora del Parque de las Infantas se abren dos caminos. Uno es acatar la resolución, dejar la EUCC para cosas de EUCC y constituir un ente al que la ley permita sostener ‘esos otros asuntos’ tan de su gusto como alejados de sus fines.
El otro es intentar ¿ganar? tiempo con recursos administrativos o en tribunales, gastando la paciencia y el dinero de sus obligados miembros en comprobar que la justicia —al igual que su órgano tutor— tampoco les puede dar la razón. Porque no la tienen. Hasta el momento, una semana después de la comunicación, la junta no ha movido ficha, ni siquiera ha informado de la resolución a los vecinos de la entidad.
Y ya me dirás si crees que esta resolución traerá o no cola. Porque, si no lo es, al menos parece un ‘aviso a navegantes’ para el resto de las entidades urbanísticas de Valdemorillo con clubs deportivos o sociales. Ya sabes que lo que aplica a una, aplica a todas. Como con los gastos impropios.
Los vecinos que recurrieron, por su parte, aseguran que no pretenden eliminar la existencia de un club social o una piscina comunitaria. Al contrario, lo que defienden es “que se realice siempre fuera de las competencias de la propia EUCC, tal y como el Ayuntamiento ha instado, es decir, mediante una asociación constituida legalmente a tales fines, que preserve el derecho de asociación, que incluso las minorías deben de tener, y, hoy en día, se encuentra cercenado por la inscripción obligada a la EUCC. De esa manera, todos aquellos que deseen el uso y disfrute de esos terrenos y sus instalaciones puedan hacerlo sin los problemas de legalidad actuales, mediante una concesión administrativa municipal, que en definitiva es lo que dicta las normas subsidiarias de planeamiento vigente (1987)”, explican.
Asimismo, dicen que pretenden “arreglar el problema de la titularidad de los terrenos donde se asienta el Club Social, bien sea con la comprometida recepción de la urbanización por parte del Ayuntamiento para esta legislatura, o bien, con una pretendida resolución judicial”.
Y concluyen que, si es así, “¿por qué dicen que nuestras pretensiones son algo fuera de lo normal o interesadas, cuando resulta que lo único que perseguimos es que se aplique la ley, que proteja los derechos de todos los vecinos, tanto sean mayorías como minorías?«.
¡Gracias por leernos, también en verano!
Te dejamos la resolución municipal para que puedas zambullirte en sus fundamentos de derecho
Imagen de alexkich en Freepik


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