Parque de las Infantas y Ampliación Cerro Alarcón reúnen las condiciones para iniciar el prometido proceso de disolución de las entidades urbanísticas de Valdemorillo, según fuentes oficiales del ayuntamiento.
Este paso, dar a conocer cuáles pueden ser las dos primeras entidades que se disuelvan en nuestro municipio de las cuatro que anunció el equipo de gobierno para esta legislatura, a algunos vecinos les sabrá a poco mientras que a otros les producirá vértigo.
En cualquier caso, es el pistoletazo de salida que servirá para preguntarnos —y para que nos expliquen— cómo se está diseñando un procedimiento tan complejo como inevitable, que pondrá fin a unos entes que han alargado su vida útil más allá de lo razonable.
La disolución de estas dos EUCCs, si se materializa, sentará un precedente para el resto. Pero no sólo eso. El anuncio de su desaparición debería provoca que los vecinos nos planteemos si queremos trasladar a una asociación vecinal todos o una parte de los servicios que (indebidamente) hemos ido añadiendo a los cometidos de nuestras entidades.
Porque del cuidado de lo público, que debería ser su única razón de ser, se encargaría, ya sin excusas, el ayuntamiento, al que un grupo de particulares reunidos obligadamente bajo formato EUCC estamos sustituyendo durante más tiempo del debido en el desempeño de algunas de sus competencias, y no precisamente menores.
Y es que éste es uno de los pecados capitales de alargar durante décadas la existencia de estas entidades. Lo público y lo privado se mezclan de forma inadecuada, lesionando los derechos económicos —y no sólo— de sus miembros, sujetos a una doble tributación —IBI más cuota de la EUCC— que no se traduce necesariamente en mejores servicios. A veces, al contrario.
Mientras llegan las explicaciones y la hoja de ruta de un proceso que se intuye largo —Valdemorillo es el municipio con más urbanizaciones ‘históricas’ de la Comunidad de Madrid—, no está de más recordar que sí, que el ayuntamiento puede disolver las EUCCs, porque según el artículo 30 del Reglamento General Urbanístico, su disolución se producirá por el cumplimiento de los fines para los que fueron creadas y requerirá el acuerdo de la administración urbanística actuante.
Y, efectivamente, la administración urbanística actuante es el ayuntamiento. Así que puede hacerlo. Y los fines para los que fueron creadas —la conservación de las infraestructuras iniciales de la urbanización— o están cumplidos o hay imposibilidad material de cumplirlos por el deterioro que acumulan por el paso del tiempo.
Si nada lo estropea, parece que se inicia un nuevo tiempo (¡ya era hora!), sin entidades urbanísticas. Seamos todos bienvenidos.


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