barrio cerro alarcón

Experiencias y reflexiones sobre vivir en una entidad urbanística que no debería serlo


¿De verdad? ¿Van a jubilar las EUCCs?

El nuevo equipo de gobierno anuncia la disolución de al menos cuatro entidades en cuatro años 

Entendemos que un tema tan sensible no da pie a inocentadas ni a anuncios-humo. El caso es que supone un cambio tan profundo que cuesta creerlo porque, si se cumple el primer punto del acuerdo del nuevo gobierno municipal de coalición, las catorce entidades urbanísticas de esta localidad van a empezar a desfilar al lugar donde sea que disfruten las EUCCs de un merecido descanso después de más de cuarenta años de existencia.  

En la legislatura que ahora empieza, el equipo de gobierno se propone ‘jubilar’ al menos cuatro entidades, las primeras de lo que se anuncia como un proceso de disolución progresiva de todas ellas. Y entendemos —aunque esto es pura especulación— que a los miembros de las juntas rectoras de estas entidades se les mandará a sus casas con sincero agradecimiento por los servicios prestados. O se les invitará a ponerse al frente de asociaciones privadas de propietarios para gestionar esos otros servicios de los que se han dotado (indebidamente) nuestras urbanizaciones, y que nada tienen que ver con la conservación de la cosa pública propia de las entidades urbanísticas.  

Primer punto

La disolución de las entidades urbanísticas es el punto número de uno del acuerdo de gobierno — hay otros 24 que aquí no comentamos porque no forman parte de nuestro monotema—, y nos gustaría pensar que eso significa que le dan la importancia que nosotros creemos que tiene: sencillamente, fundamental.    

Por si te preguntas si el ayuntamiento puede disolver las entidades urbanísticas, te diremos que puede —y, es más, que debe hacerlo—. Te recordamos que la disolución de las EUCCs, solamente se producirá por el cumplimiento de los fines para los que fueron creadas y requerirá el acuerdo de la administración urbanística actuante. Punto. Es lo previsto en el artículo 30 del Reglamento General Urbanístico. Te cuenten lo que te cuenten, no hay más.  

Como bien has adivinado, la administración urbanística actuante es el ayuntamiento. Así que sí, puede hacerlo. Y los fines para los que fueron creadas —la conservación de las infraestructuras iniciales de la urbanización— o están cumplidos o hay imposibilidad material de cumplirlos por el deterioro que acumulan por el paso del tiempo.    

Todos iguales

Te confieso que por aquí hacen ganas, muchas ganas de dejar de sentirse ciudadanos de segunda, sujetos a una doble imposición injusta — los impuestos municipales más la cuota a la entidad urbanística — por los mismos (o peores) servicios que reciben los vecinos no obligados al impuesto-entidad

Y apetece ver que tu ayuntamiento, ese al que pagas tus impuestos, asume como suya (¡por fin!) la conservación de la urbanización en la que vives. Hablamos de servicios no menores —como el mantenimiento del alumbrado, los viales o la canalización y depuración de aguas—, que la ley de aquí (Comunidad de Madrid) permite que hagan recaer sobre tus espaldas y las de tus vecinos. Y por tiempo indefinido.

Traducido: que durante décadas suples al ayuntamiento en la prestación de los principales servicios municipales que la ley le obliga a él a prestarte a ti. Ojo, y recuerda que pagas tú la fiesta, sin ni siquiera una triste rebaja en los tributos municipales. De locos, ¿verdad?  De hecho, no existen figuras tan lesivas para el ciudadano en ningún otro lugar de Europa. En ninguno.  

Así que bienvenido sea el anuncio de la disolución de las primeras entidades urbanísticas de Valdemorillo. Cúmplase, por favor, para que siente un precedente y señale un camino de no retorno en la devolución de derechos a los ciudadanos y de asunción de responsabilidad por parte de la administración municipal.  



5 respuestas a “¿De verdad? ¿Van a jubilar las EUCCs?”

  1. Debo confesar que no tengo ni idea de cual debe ser el proceso de liquidación de una EUCC, pero no puedo imaginar lo que podría ocurrir si el Ayuntamiento aprueba la disolución con la respectiva baja en el Registro y la Entidad tiene compromisos con terceros no liquidados.
    Sí sé que la disolución de una junta de compensación, que es otro tipo de Entidad Urbanística Colaboradora, debe partir de la la propia Junta.

    Me gusta

    1. ¿Entonces? ¿Si una junta se atrinchera y no lo pide? ¿Podrían obligar a sus miembros a vivir para siempre bajo su mandato? El sentido común dice que no, y la escasa y ambigua legislación no va por ahí tampoco. Afortunadamente, en mi opinión

      Me gusta

      1. No.
        Sí existe la alternativa y posibilidad de que el Ayuntamiento, a petición del propietario individual, le excluya de la obligación de pertenencia por imperativo de la norma.

        Yo solo veo esta posibilidad.
        Todas las demás, visto lo que tenemos, las veo imposible.

        Me gusta

      2. La jurisprudencia no lo está permitiendo. No te puedes salir de tu EUCC. La ley te obliga a pertenecer a ella taxativamente. Esa posibilidad no nos vale, Luis

        Me gusta

  2. Pues hay sentencias que apoyan esa alternativa.

    Me gusta

Replica a Luis Herranz Cancelar la respuesta