Si se trataba de hacer un mal orden del día para la próxima asamblea de Cerro 2, ¿por qué no añadir faltas de ortografía?
[Entrada publicada en el blog Somos Cerro 2 en marzo de 2023]
Vale que estamos obligados a pertenecer a una entidad pública que suple al ayuntamiento en la prestación de algunas de sus competencias, pero eso no nos puede restar ni uno solo de nuestros derechos. ¡Solo faltaba!
Lo supieras o no, con la compra de tu casa has adquirido también la pertenencia obligada a la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Ampliación Cerro Alarcón que, lejos de ser una urbanización privada, es un ente de carácter administrativo, dependiente del ayuntamiento, al que debe sustituir en el mantenimiento de algunos servicios tan municipales como el alumbrado público.
Este combo de hechos —su carácter público y nuestra adscripción obligatoria—, hace aún más inaceptable que se nos pueda despojar del derecho a participar en la entidad, uno de esos derechos de la ‘cesta básica del ciudadano’.
Pero ha ocurrido. La junta de gobierno de nuestra EUCC no ha querido incorporar al orden del día de la próxima asamblea ordinaria —a celebrar el próximo 25 de marzo— los temas que hemos propuesto algunos de sus miembros; y el Ayuntamiento, tutor de la entidad y garante de los derechos de sus vecinos, no ha tenido a bien enmendar esta mala práctica.
Una diferencia sustancial
Por si te lo preguntas, la diferencia entre que estos asuntos vayan o no en el orden del día es más que notable, porque si van en el orden del día se pueden votar, lo que no ocurre cuando son tratados en el turno de ruegos y preguntas. Además, su inclusión puede llamar a una mayor asistencia de vecinos.
Los temas de los que la Junta y el Ayuntamiento no quieren que hablemos son:
- La disolución de la entidad por la imposibilidad de cumplir los fines previstos por la legislación y porque el ayuntamiento ya ha asumido la obligación de conservar y mantener la urbanización.
- La redimensión de la cuota, debido a la asunción de los gastos de mantenimiento del alumbrado por parte del ayuntamiento, así como la necesidad de corregir los gastos impropios
- La necesidad de que la junta comunique a los miembros de la entidad los acuerdos mensuales que adopta
- La entrega de la depuradora al Canal de Isabel II
- La política de gestión de residuos
- Y, por último, la política de desbroce
De lo más constitucional
Si te cuestionas si es o no procedente nuestra petición, te diremos que el derecho a la participación viene recogido en nuestros (sacrosantos) estatutos y en el resto de legislación asimilable. Y, por si fuera poco, también está protegido por la Constitución, como expuso el letrado jefe de la Asamblea de Madrid en su informe favorable a una petición que hemos elevado ante dicha cámara, y que es plenamente aplicable a este caso:
«Más allá de consideraciones doctrinales y de antecedentes históricos y constitucionales sobre el derecho de petición, la Constitución Española lo reconoce como un derecho fundamental de los recogidos en la Sección 1ª del Capítulo II del Título I, con todo lo que ello comporta, como el necesario desarrollo del derecho por Ley Orgánica, por mandato del art. 81.1 de la propia CE, mediante la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Así, el art. 29 de la CE dispone: 1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley«
Si tienes dudas sobre si esta norma afecta a una entidad urbanística, lee lo que dice dicho letrado:
«El artículo 29 de la CE no determina los órganos ante los que pueden formularse peticiones, por lo resulta aplicable a ello el art.2 de la LO 4/2001, a cuyo tenor: ‘el derecho de petición podrá ejercerse ante cualquier institución pública, administración o autoridad, así como ante los órganos de dirección y administración de los organismo y entidades vinculados o dependientes de las Administraciones públicas, respecto de las materias de su competencia, cualquiera que sea el ámbito territorial o funcional de ésta’ «.
Sin respuestas ¿razonables?
La solicitud de que los temas que antes te detallamos fueran tratados en la próxima asamblea de nuestra entidad la hicimos llegar a la junta rectora el pasado 28 de diciembre, sin que hayamos obtenido respuesta. Quizá porque no encontraron ninguna razonable. Al Ayuntamiento le hemos tenido al tanto desde entonces. Y tampoco de esta institución sabemos nada.
Pero no seamos catastrofistas. Este orden del día se podía empeorar, por ejemplo, con groseras faltas de ortografía, como las del titular de esta entrada. Y no ha sido el caso. ¿Estamos de enhorabuena?


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